La ley 21.015 de 2018 indica que las empresas de 100 o más trabajadores reservarán el 1% de su dotación para personas con discapacidad (PcD) o asignatarias de pensión de invalidez. Y ¿quiénes deben cumplir esta ley? Pareciera habernos concentrado en conocer los avances del sector privado, pero ¿qué pasa con lo público? La ley precisa que en “los procesos de selección de personal, los órganos de la Administración del Estado… seleccionarán preferentemente, en igualdad de condiciones de mérito a PcD”. Entonces, en qué estamos a 5 años de implementada la ley.
Según un estudio de Fundación ConTrabajo, entre el 2019 y 2021 aumentaron de un 24,4% a un 39,5% las empresas que contrataron PcD, pero hay escasa información sobre cuántas de éstas pertenecen al sector público. Llamativo, ya que se esperaría que el Estado fuera el primero en cumplir y luego comunicar su progreso, para exigir con mayor propiedad, avances en la materia al sector privado.
Esta falta de data podría explicarse por vacíos observados en la ley, por ejemplo, en cuanto a medidas de fiscalización, las que difieren entre el sector público y privado, generando brechas de exigencias entre ambos. Entonces ¿existe real convencimiento sobre los beneficios de la inclusión laboral? Desde mi punto de vista, ésta enriquece los espacios y si todos los actores de la sociedad -independiente de su naturaleza- la experimentaran, lo comprobarían sin necesidad de leyes que lo exijan.
Ahora bien, para lograr una sociedad realmente inclusiva, el Estado debiera ser el primero en comunicar, con orgullo, sus propios avances en esta materia y mostrar con el ejemplo, los beneficios que trae una real inclusión.
Alejandra Ríos Urzúa
Directora Observatorio para la Inclusión U. Andrés Bello